viernes, 18 de enero de 2013


¿Media-suplencia o dos presidentes en funciones?
Según la Constitución, es función del Vice suplir las faltas temporales del Presi. Suplir sin limitaciones. El Vice, como suplente que cuestionadamente es, y a pesar de la discutible vigencia de la autorización que le dejó el Presi, estaría totalmente habilitado (más por efecto de la suplencia constitucional de facto que por la autorización presidencial), para nombrar a Jaua como Canci.  Partiendo del hecho comprobado que las últimas tres firmas atribuidas a la mano del Presi, son chimbas, cabe hacerse las siguientes preguntas: ¿por qué el Vice trata de hacer ver que esos nombramientos de Jaua y la salutación navideña a las FANB fueron actos firmados por el Presi? y ¿por qué, mediante firmas chimbas, se quiere hacer ver que el Presi está al mando?  En la Constitución se entiende que o manda el Presi o manda el Suple, pero nunca los dos simultáneamente.  La Constitución no quiere que nos quedemos sin Presi, pero tampoco quiere que tengamos más de un Presi en funciones al mismo tiempo.   El problema es que como “nunca se sabe cuándo el pez bebe agua”, y “la verdad es verdad dependiendo de quién la diga”, quizás nunca lleguemos a enterarnos de lo que en realidad está sucediendo.
Andrés Izquierdo. V-8.890.136 Puerto Ordaz, 18 de enero de 2013

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